Plazo declaración Renta
IMPORTANTE INFORMACION
PARA NUESTROS ASOCIADOS
El decreto 2442 de 2018 en el artículo 1.6.1.13.2.7 señala quiénes son los contribuyentes que NO están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario.
Si usted revisa los siguientes topes no tendrá que presentar la declaración. Si de lo contrario, igualó o superó al menos uno de estos números tendrá que hacer el ejercicio tributario en este 2019.
- Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2017 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($149.202.000).
- Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($46.418.000).
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($46.418.000).
- Que el valor total de compras y consumos no supere las mil cuatrocientas (1.400) UVT ($46.418.000).
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($46.418.000).
Para los fines pertinentes, puede solicitar el Estado de Cuenta al correo sgerencia@feud.com.co este le será remitido por el mismo medio si así lo requiere.
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